ASAMBLEA CON EL CONSEJO COMUNAL LLANO DEL HATO.
AGUAS DE MERIDA Y AMBIENTE


El día 18 del presente mes se llevo acabo un asamblea extraordinaria del consejo comunal llano del hato conjuntamente con las instituciones de agua de merida, ambiente y organizaciones comunales comités de riego y consejo comunal los apios y los micuyes con la finalidad de dar respuesta ante la situación que se vive en la comunidad en cuanto al agua de consumo de la comunidad donde dos familias estaban colocando un red de agua de consumo para utilizarlo como sistema de riego de sus tierras. la comunidad llano del hato conjuntamente con las facilitadoras de infocentro llevaron acabo dos supervisiones donde se demostró dicha situación pidiendo el accesoramiento de esta dos instituciones para hacerle entender que el agua potable no puede ser utilizada para sistema de riego y beneficio propio, donde ambiente por medio de la ley de ambiente la cual tiene por objeto establecer dentro de la política del desarrollo integral de la Nación, los principios rectores para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en beneficio de la calidad de la vida. Siendo un sitio donde se tiene el privilegio divino de las nacientes de agua debemos conservarlas y cuidar de ellas y hacer de la misma el buen uso del agua potable que se suministra para las comunidades el mismo hace énfasis en el Artículo 24 donde nos habla sobre las sanciones
Los infractores de las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento ambiental serán sancionados con multas, medidas de seguridad o con penas privativas de
la libertad, en los términos que establezcan esta Ley o las demás leyes aplicables.

Artículo 25
La aplicación de las penas a que se refiere el artículo anterior no obsta para que el
organismo correspondiente adopte las medidas necesarias para evitar las consecuencias
perjudiciales derivadas del acto sancionado. Tales medidas podrán consistir:
1. Ocupación temporal, total o parcial de las fuentes contaminantes, la cual no podrá
exceder de seis meses;

2. Clausura temporal o definitiva de las fábricas o establecimiento que con su actividad
alteren el ambiente, degradándolo o contaminándolo, ya sea directa o indirectamente;

  1. Prohibición temporal o definitiva de la actividad origen de la contaminación;
4. La modificación o demolición de construcciones violatorias de disposiciones sobre
protección, conservación o defensa del ambiente. UNA VES EXPLICADO LAS SANCIONES que se llevan a cabo por daños a nuestra naturaleza en dicha reunión se plantea hacer mesas de trabajo formativas para la comunidad y realizar visita a las nacientes de agua para ser resguardas y cuidadas y realizar una inspeccionar forestal donde determine la cantidad de agua que consume por minuto dicha ,marguera la cual la utilizan para regar y tomar las decisiones competente para solucionar ante dicha falta la cual esta perjudicando a 76 familia de la comunidad en cuanto al gua de consumo, debemos respetar la naturaleza nuestro medio ambiente. de manera conjunta debemos trabajar para solventar situaciones que pueden conllevar a un problema mayor. Orientados al quinto objetivo histórico de nuestro plan de la patria

V. CONTRIBUIR CON LA PRESERVACIÓN DE LA VIDA EN EL PLANE-
TA Y LA SALVACIÓN DE LA ESPECIE HUMANA.






















Facilitadora Zuly Davila y  Albis Rivas

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